domingo, 15 de marzo de 2015

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Auditorías energéticas. Adelantarse al futuro (3 Febrero 2015)

En mi artículo de hace unos días comentaba la tendencia actual de las organizaciones a implantar y desarrollar modelos empresariales de gestión de riesgos, y lo unía a uno de los mayores riesgos actuales, el cambio climático.

Pues bien, parece ser que el Presidente de Estados Unidos de América, Barack Obama, también ve la necesidad imperiosa de tratar al cambio climático como un riesgo. Y no como un riesgo cualquiera, sino,  según sus palabras, como el mayor riesgo existente en la actualidad. Ya que, según dijo el pasado 20 de enero en su discurso sobre el Estado de la Unión ante el Congreso: “no existe mayor amenaza para las futuras generaciones que el cambio climático".

Obama aseguró también estar decidido a que Estados Unidos impulse la acción internacional contra el cambio climático, y recordó el histórico acuerdo alcanzado el pasado año con China para limitar sus emisiones contaminantes. Remarcando que "Debido a que las dos economías más grandes del mundo se reunieron, otros países están intensificando, y ofreciendo esperanzas para que este año el mundo finalmente llegue a un acuerdo para proteger el planeta que tenemos".

Así pues, oír al presidente de la mayor potencia mundial, y segunda mayor emisora de gases de efecto invernadero del mundo, afirmar que no permitirá a los legisladores "que pongan en peligro la salud de los niños por dar marcha atrás al reloj" es una buena noticia, que nos podría hacer pensar que, como decíamos el otro día, los códigos de "responsabilidad social corporativa" de aplicación obligatoria están más cerca de lo que pensábamos. 

Aunque el acuerdo al que hacía referencia Obama, se trata de un acuerdo no vinculante, que queda bastante lejos del objetivo de obligado cumplimiento autoimpuesto por los países de la Unión Europea de reducir sus emisiones en al menos un 40% para 2030, cabría pensar en que finalmente en la próxima COP (Conferencia de las Partes) a celebrar en Diciembre próximo en París se consiga llegar al deseado acuerdo que obligue a todos los países a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero, en cuyo caso no sería de extrañar que aparezcan nuevas normativas que requieran a las organizaciones a reducir sus emisiones y a pagar por las que produzcan en exceso. 

Pero, ¿cómo serían estas normativas y cómo podemos adelantarnos a las mismas?

Pues bien, con permiso del Presidente Obama no deberíamos fijarnos en Estados Unidos para prever las posibles nuevas normativas y consiguientes obligaciones en el tema de reducción de emisiones, sino en Europa, y más concretamente en aquellos países que llevan ya una larga trayectoria en aplicación de códigos de aplicación obligatoria, como es el Reino Unido.

En este contexto desde el año 2012, el Reino Unido, además de hacer cumplir a sus empresas con un consumo intensivo de energía con las obligaciones impuestas por el Sistema de Comercio de Emisiones de la Unión Europea (EU ETS), ha legislado una serie de normas para conseguir reducir al máximo sus emisiones de gases de efecto invernadero.

Así, las organizaciones que superen unos valores medios de consumo de energía deberán pagar por cada tonelada de CO2 emitida a menos de que implanten medidas de eficiencia energética en sus procesos y reduzcan sus emisiones de gases contaminantes hasta unos valores bastante estrictos.

Por lo tanto, actualmente para las empresas de Reino Unido y previsiblemente en un futuro no muy lejano para todas las del resto del mundo, la optimización de los consumos energéticos es un riesgo vinculado a su actividad, que deberían comenzar a auditar cuanto antes, a fin de poder adaptar las medidas necesarias y optimizar sus procesos productivos.

Para ello, el Gobierno del Reino Unido, en su “Energy Savings Opportunity Scheme”, habla de la posibilidad de utilizar la Norma ISO 50001 para auditar los consumos energéticos y distinguir las oportunidades de mejora existentes en las organizaciones. 

Dicha norma está diseñada de manera similar a otras normas aplicables a los sistemas de gestión, como la ISO 14001 o la ISO 9001, por lo que resulta una herramienta complementaria, compatible e integrable con distintos sistemas de gestión.

Centrándonos en las auditorías que entendemos conveniente realizar, no hemos de desconocer que el objetivo básico perseguido es el de recomendar acciones con  las que conseguir una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, para lo que se hará preciso calcular la huella de carbono que generemos, con lo que podremos conocer las emisiones reales a la atmósfera debidas a nuestra actividad empresarial, así como determinar cuáles son las posibilidades existentes de reducción de las mismas.

Para calcular esta huella de carbono, existen varios manuales, que nos irán guiando en los pasos que debemos seguir para conseguir conocer los procesos de nuestra actividad que tienen influencia en las emisiones que generamos. Al no existir de momento obligatoriedad de calcular esta huella de carbono, las organizaciones tienen libertad de elegir la metodología a utilizar, pero es importante saber que la guía denominada PAS 2050 desarrollada en 2008 por la British Standards Institution es la más aceptada y utilizada en todo el mundo.

Así pues, resumiendo, un buen consejo para todas aquellas organizaciones que no tienen identificado su consumo energético o sus emisiones de CO2 como un riesgo operacional importante, deberían comenzar a hacerlo, ya que adaptarse o no a esta buena práctica, previamente a una posible normativa mundial, puede significar, aparte de demostrar una gran sensibilidad por el entorno, el desmarcarnos de nuestros competidores y evitar la imposición de cuantiosas multas en un futuro no demasiado lejano.

¿Hacia una ley “Sarbanes-Oxley” de responsabilidad empresarial? (19 enero 2015)

En la actualidad es habitual que las organizaciones estén ocupadas en la implantación y desarrollo de modelos empresariales de gestión de riesgos, de forma que les permitan administrar aquellas amenazas que incidan en la consecución de sus objetivos, y atender así las expectativas de sus “partes interesadas”. Para ello, uno de los protocolos más empleados es el denominado Enterprise Risk Management – Integrated Framework, o COSO II, en el que se describe, a través de sus ocho componentes, la sistemática que debe aplicarse para conseguir las metas perseguidas; pero también pronunciándose sobre su objetivo o alcance, señalando que: “La administración de riesgos corporativos es un proceso efectuado por el directorio, la administración y las demás personas de la organización, que es aplicado desde la definición estratégica hasta las actividades del día a día, diseñado para identificar eventos potenciales que pueden afectar a la organización y administrar los riesgos dentro de su apetito, a objeto de proveer una seguridad razonable respecto del logro de los objetivos de la organización".

Si hacemos un rápido balance de los riesgos con los que a nivel mundial nos podemos encontrar, sinceramente creo que el “cambio climático” estaría presente en todas las latitudes, afectando ya a millones de personas, ecosistemas y especies en todo el mundo, todo ello a través del aumento de las temperaturas, deshielo, subidas del nivel del mar, sequias, migraciones, extinción de especies, perdidas de recursos, enfermedades.., y que, si no actuamos, provocará en el futuro mayores impactos y más severos.

Si contemplamos con algún detalle el problema, y empleásemos una terminología habitual de los auditores, podríamos decir que a nivel “macro” la situación no es muy alentadora, pues si nos fijamos en los resultados de la reciente Cumbre del Clima de Lima, celebrada el pasado mes de Diciembre en esa bonita ciudad, y aun a pesar de que los científicos llevan tiempo hablando claro y aseguren que si no se empieza a trabajar desde ya en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, el calentamiento global tendrá efectos devastadores en todo el planeta, dichos resultados pueden calificarse de bastante frustrantes, dejando los compromisos para más adelante, en concreto la reunión de Paris en diciembre del 2015.

Pero si pasamos a la visión “micro”, puedo comentar que al leer la prensa del día en el que escribo estos comentarios, me encuentro con que en ella se recoge la noticia de que la Audiencia Provincial de Madrid dicta sentencia de cárcel a cuatro empresarios por triturar frigoríficos y contaminar con gas.

Estos empresarios compraban frigoríficos viejos por centenares y los trituraban sin los debidos controles liberando a la atmósfera los gases nocivos. Su objetivo era hacerse con los metales de los aparatos, como el hierro y el cobre, cuyo precio ha vivido un “boom” en los últimos años, pero sin tomar las debidas precauciones ambientales.

En estas circunstancias, si valoramos el grado de implantación de lo que denominamos Responsabilidad Social Corporativa, la conclusión sería la de una experiencia frustrada, debido a varias razones, pero entre ellas a la “crisis económica”. Que ha permitido desnudar a las empresas poniéndolas en evidencia, puesto que, salvo excepciones, sus actuaciones se habían realizado con una motivación exclusivamente mercantilista y con el ánimo de mejorar el marketing societario, por lo que a veces, buscando que el fin justificase los medios, se ha alterado la realidad, pero sobre todo abandonando sus aparentes compromisos ante las dificultades presupuestarias.

Es por ello que en el ámbito de la fiabilidad de la información sobre responsabilidad social corporativa, al igual que con la financiera y operativa, se hace imprescindible verificar las conclusiones que se alcancen, y que se incluyan en los informes que se difundan. 

En este sentido entendemos que, al igual que determinó la Securities and Exchange Commission (SEC) para las sociedades cotizadas en el ámbito USA, exigiendo la aplicación de la ley Sarbanes-Oxley a todas ellas, a fin de obtener una mejora en la fiabilidad de la información financiera que difundían a los mercados (objetivo que entendemos se ha conseguido razonablemente, evitándose escándalos como los protagonizados por ENRON, WORLDCOM, MERCK,…). En el mismo sentido consideramos que también resultaría conveniente actuar de manera similar con la información sobre responsabilidad empresarial, dada la trascendencia y gravedad de los riesgos que en la misma se reportan, haciéndose imprescindible que a las empresas se las requiera una información integrada, estratégica, completa, relevante y, sobre todo, veraz.
Para conseguirlo pensamos que no resultarán suficientes códigos de “responsabilidad social corporativa” de aplicación voluntaria, sino que deberán ser de atención obligatoria; lo cual, siendo realistas, habría que concluir que hoy por hoy es prácticamente una utopía de difícil consecución, aunque estamos seguro que el momento llegará, y más pronto que tarde.

En cualquier caso, y dado lo que hemos comentado sobre la importancia de los riesgos ambientales, estos deberían ser también objeto de atención por parte de los auditores internos, incluyendo en el Universo de Auditoría aquellos procesos en los que dichos riesgos se puedan materializar, puesto que, como hemos comentado, tienen una gran probabilidad de ocurrencia y sobre todo una posible gran incidencia.

 
Es por ello que entendemos conveniente que los responsables de la Unidades de Auditoría Interna deberían tener en consideración esta realidad, valorando los riesgos ambientales actuales o futuros que afecten a sus actividades, incluyéndolas como un ente susceptible de ser auditado, en cuyo caso se debería planificar y programar las actuaciones que resultasen precisas, ya que, según la actividad en la que nos encontremos, podría no ser un riesgo menor, aunque sus impactos no se evidencien en el entorno de la propia organización, sino en el de la sociedad en su conjunto, y sus efectos no se aprecien en el corto plazo.

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